lunes, 29 de marzo de 2021

Vigésima primera idea: La creación de Comunidades Energéticas

 


Gracias a las Comunidades Energéticas, una figura jurídica promovida desde la Unión Europea y en proceso de desarrollo normativo en España, algunos de los aspectos claves de la transición energética como la climatización, la eficiencia, la generación con renovables o la movilidad eléctrica, podrían estar en manos de la ciudadanía, aumentando su empoderamiento energético, con la una energía que podrá ser más limpia, renovable y compartida.

En junio de 2020, el Real Decreto Ley 23/2020 introducía la figura de las comunidades de energías renovables en la normativa de nuestro país. El término “comunidades energéticas locales “ (CEL) engloba dos figuras jurídicas: las “comunidades ciudadanas de energía” y las “comunidades de energía renovable”. Se describen como

Cualquier asociación, cooperativa, sociedad, organización sin afán de lucro u otra entidad jurídica que esté controlada por accionistas o miembros locales, generalmente orientada al valor más que a la rentabilidad, dedicada a la generación distribuida y a la realización de actividades de un gestor de red de distribución, suministrador o agregador a nivel local”.
El impulso y fomento de este movimiento comunitario en torno a la energía lo lleva a cabo la Federación Europea de Cooperativas de Energía Renovable (Rescoop), una organización que lleva desde 2011 apoyando la implantación de este nuevo modelo de asociaciones energéticas a través de diferentes proyectos, dotándolos de apoyo financiero y regulatorio, organizando eventos y elaborando numerosos informes técnicos.

Como se recoge en la Guía para el Desarrollo de Instrumentos de Fomento de Comunidades Energéticas Locales, creada por el IDAE, el modelo cooperativo es muy habitual en Alemania y Holanda, pues en este último un 66% de la inversión en proyectos de comunidades energéticas se realiza a través de cooperativas. El tamaño de las comunidades es variable, pero el promedio se sitúa en torno a los 70 participantes.

Entre los múltiples beneficios que podrían aportar las comunidades energéticas destacan el abanico de posibilidades para que los ciudadanos participen en la producción de energía (autoconsumo fotovoltaico compartido), en el consumo y en la distribución o reparto de la energía renovable. Según las directivas europeas, se les permitirá operar a lo largo de toda la cadena de valor de la electricidad. Por tanto, podrá haber una interacción continua con la red de distribución de cada ciudad al aproximar los sistemas de generación de electricidad a los puntos de consumo, generando un debate futuro sobre quien deberá ser propietario y gestor de las redes.

Esta idea apunta a la oportunidad para acelerar la transición energética desde pueblos como Sepúlveda y núcleos agregados, lo que podría crear empleo de calidad, aunando intereses comunes en torno a asociaciones locales basadas en estrategias colectivas, inclusivas y participadas por socios. En este caso, el socio de la comunidad energética podría ser propietario de la instalación, una novedad que no ofrece ningún otro tipo de actor energético más allá de las instalaciones de autoconsumo.

Según Rescoop, la mitad de todos los ciudadanos europeos podría producir su propia electricidad para el 2050, satisfaciendo el 45% de la demanda de energía de la UE. Esto representaría un cambio masivo en el que los ciudadanos, gracias al poder ser partícipes y gestores de su propia energía renovable, siendo los protagonistas y acelerando el ritmo de la transición energética. 



viernes, 5 de marzo de 2021

IV Edición Premio a la Mejor Idea de Emprendimiento Innovador en Áreas Rurales Despobladas

 

 SE CONVOCA LA IV EDICIÓN DEL PREMIO A LA “MEJOR IDEA DE EMPRENDIMIENTO INNOVADOR EN ÁREAS RURALES DESPOBLADAS” VILLA DE PEDRAZA

PATROCINA

SOCIEDAD DE INICIATIVAS RURALES – SIR S. L.

CON ARREGLO A LAS SIGUIENTES BASES:

  1. Podrán participar todos los estudiantes de Bachillerato y/o Formación Profesional de ciclo medio, de cualquier modalidad, inscritos en centros de dicha categoría radicados en la provincia de Segovia.
  2. Los concursantes deberán desarrollar su idea por escrito, en castellano, en el espacio de una página de tamaño DIN A-4 y utilizando no más de 500 palabras.
  3. La descripción de la idea deberá venir estructurada en los siguientes apartados con los encabezamientos que se indican (palabras subrayadas), precedidos de un título corto general de la idea:
    • Resumen ejecutivo de la idea (75 palabras máximo).
    • Desarrollo de la idea (300 palabras máximo), aludiendo a qué tipo de pequeña empresa innovadora (start-up) se refiere la idea, para hacer qué, con qué tipo de tecnologías, etc.).
    • Metodología resumida (125 palabras máximo), sobre cómo se podría realizar la idea propuesta.
  4. Se otorgarán los siguientes galardones:
    • Primer premio. Dotado con 650 euros y diploma a la mejor idea.
    • Segundo premio. Dotado con 350 euros y diploma, a la segunda mejor idea.
    • Ninguno de estos premios podrá declararse desierto
  5. Las propuestas premiadas serán publicadas en la web de la Fundación Villa de Pedraza. La Fundación se reserva el derecho a publicar el resto de las propuestas presentadas.
  6. Los participantes conservarán en exclusiva tanto la propiedad intelectual de sus ideas como el derecho a promoverlas.
  7. Las propuestas, en formato Word, deberán enviarse exclusivamente adjuntas por email al correo de la Fundación Villa de Pedraza fvp@pedraza.net poniendo en “Asunto”: IV premio Ideas Emprendimiento 2021. La respuesta vía email, por parte de la Fundación Villa de Pedraza, servirá como acuse de recibo del envío.
  8. Las propuestas deberán ir acompañadas de (i) una declaración jurada y firmada (escaneada) de que las ideas son originales de los concursantes y de (ii) certificación firmada y sellada por un tutor o responsable del centro en el que se encuentren matriculados en el presente curso 2020-2021, acreditando tal circunstancia (escaneada).
  9. El envío debe hacerse indicando, en el cuerpo principal del email (nunca en la propuesta), el nombre y apellidos del concursante, el curso, estudios y centro en el que está matriculado, además del nombre del tutor o representante del centro en el que está matriculado. En el cuerpo principal del email figurará igualmente el título de la propuesta.
  10. El Jurado del premio, cuyas decisiones serán inapelables, estará constituido por cinco vocales con experiencia empresarial, profesional y académica, pertenecientes a los ámbitos institucionales segovianos, del empresariado y de la economía digital española. Actuará como secretario del Jurado, sin voz ni voto en las deliberaciones, un miembro de la Comisión Ejecutiva de la Fundación Villa de Pedraza.
  11. No se devolverán los documentos presentados ni la Fundación Villa de Pedraza mantendrá correspondencia sobre los mismos, que pasarán a conservarse en los archivos de la Fundación.
  12. El plazo para la recepción de propuestas finalizará el 8 de mayo de 2021. El fallo del Jurado se anunciará en la web de la Fundación una semana antes de la entrega de los premios que tendrá lugar en Pedraza el 12 de junio de 2021 a las 18:30 horas en la sede de la Fundación. Calle Real, 15. Pedraza.
  13. En la presente IV Edición, se dará seguimiento a las propuestas premiadas en todas las ediciones de este premio mediante un encuentro informal, bajo el lema “Limonada y Emprendimiento”, de los premiados y sus tutores con promotores de start-ups sociales de éxito e Inversores de Impacto que tendrá lugar después de la entrega de los premios de la presente edición.
  14. Los ganadores se comprometen a estar presentes en la entrega de los premios y a defender en público su idea en una breve intervención con motivo de la recogida del galardón.
  15. La mera participación en este concurso supone la plena aceptación de las presentes bases en su totalidad por parte de los participantes.

Los diplomas acreditativos de los premios y el cartel anunciador del concurso han sido realizados por Rafael Sánchez Muñoz, buen pintor afincado en Pedraza y patrono y colaborador habitual de la Fundación Villa de Pedraza.

Pueden descargarse una copia de las presentes bases haciendo clic aquí.